Ocurrió el 7 de agosto del año pasado. Una cliente de Unicaja Tira recibió un mensaje en su teléfono y una convocatoria posterior que la alertó e intentó contactar con el servicio de atención al cliente de la entidad financiera. Luego recibió una nueva convocatoria y un código similar a los que proporciona el asiento. Ella no proporciona ninguna información sobre sus códigos bancarios. Sin bloqueo, tras ese código hay una transferencia de 2.000 euros desde su cuenta que no había sido autorizada por ella. Luego volvió al servicio de atención al cliente de Unicaja y luego presentó una denuncia delante la Policía Franquista.
Ahora se ha condenado al asiento a devolver los 2.000 euros al afectado, más intereses, así como al suscripción de las costas judiciales. La sentencia proviene del Magistratura de Primera Instancia e Instrucción número 3 en el que el magistrado Víctor Luis Martín es titular.
El togado recuerda que este fraude forma parte de “un conjunto de actuaciones que incluso aparecieron en los medios de comunicación, donde se demostró que este tipo de mensajes SMS se enviaban de forma generalizada y donde los clientes de la entidad eran objeto de fraude por parte de un tercero”. .o de terceros”, asimismo repasa los hechos y varias sentencias anteriores para concluir que “la gala del asiento no fue todo lo diligente que debía ser, máxime si, como se ha señalado, la gala es similar a la descrita en el La demanda fue generalizada en su momento, con múltiples estafas a través de un mismo sistema, sin que la entidad hoy demandada haya implementado los mecanismos de protección que eviten situaciones como la descrita”.
De esta forma, dicta sentencia firme en la que condena a Unicaja al suscripción de la cantidad de 2.000 euros más intereses desde el 9 de agosto del año pasado, así como al suscripción de las costas.
El abogado de la mujer, Daniel Calzón, defendió ayer que en este caso su cliente había sido objeto de “una doble victimización, sumando a los existencias perniciosos del delito la posterior indefensión o desprotección de su propio asiento. Es más, siendo ambas conductas ilícitas, tales como, longevo daño emocional se genera incluso por la segunda, pues, así como nadie aplazamiento el más imperceptible mueca de benevolencia de un delincuente, el cliente de una entidad financiera lógicamente sí confía en que asume su responsabilidad, cumpla la ley y no la deje abandonada a su suerte, dejándola caer en el oprobio del olvido, haciéndola sufrir todas las consecuencias dañinas, perjudiciales e ilícitas».
El ilustrado recuerda que existen leyes que establecen la obligación de los bancos de “reposición inmediata de las cantidades sustraídas de forma fraudulenta”, como ocurrió en el caso de su cliente.
Ocurrió el 7 de agosto del año pasado. Una cliente de Unicaja Tira recibió un mensaje en su teléfono y una convocatoria posterior que la alertó e intentó contactar con el servicio de atención al cliente de la entidad financiera. Luego recibió una nueva convocatoria y un código similar a los que proporciona el asiento. Ella no proporciona ninguna información sobre sus códigos bancarios. Sin bloqueo, tras ese código hay una transferencia de 2.000 euros desde su cuenta que no había sido autorizada por ella. Luego volvió al servicio de atención al cliente de Unicaja y luego presentó una denuncia delante la Policía Franquista.
Ahora se ha condenado al asiento a devolver los 2.000 euros al afectado, más intereses, así como al suscripción de las costas judiciales. La sentencia proviene del Magistratura de Primera Instancia e Instrucción número 3 en el que el magistrado Víctor Luis Martín es titular.
El togado recuerda que este fraude forma parte de “un conjunto de actuaciones que incluso aparecieron en los medios de comunicación, donde se demostró que este tipo de mensajes SMS se enviaban de forma generalizada y donde los clientes de la entidad eran objeto de fraude por parte de un tercero”. .o de terceros”, asimismo repasa los hechos y varias sentencias anteriores para concluir que “la gala del asiento no fue todo lo diligente que debía ser, máxime si, como se ha señalado, la gala es similar a la descrita en el La demanda fue generalizada en su momento, con múltiples estafas a través de un mismo sistema, sin que la entidad hoy demandada haya implementado los mecanismos de protección que eviten situaciones como la descrita”.
De esta forma, dicta sentencia firme en la que condena a Unicaja al suscripción de la cantidad de 2.000 euros más intereses desde el 9 de agosto del año pasado, así como al suscripción de las costas.
El abogado de la mujer, Daniel Calzón, defendió ayer que en este caso su cliente había sido objeto de “una doble victimización, sumando a los existencias perniciosos del delito la posterior indefensión o desprotección de su propio asiento. Es más, siendo ambas conductas ilícitas, tales como, longevo daño emocional se genera incluso por la segunda, pues, así como nadie aplazamiento el más imperceptible mueca de benevolencia de un delincuente, el cliente de una entidad financiera lógicamente sí confía en que asume su responsabilidad, cumpla la ley y no la deje abandonada a su suerte, dejándola caer en el oprobio del olvido, haciéndola sufrir todas las consecuencias dañinas, perjudiciales e ilícitas».
El ilustrado recuerda que existen leyes que establecen la obligación de los bancos de “reposición inmediata de las cantidades sustraídas de forma fraudulenta”, como ocurrió en el caso de su cliente.